Bienestar Social

El Ayuntamiento de Piélagos abre, hasta el 20 de julio, el plazo de solicitud de ayudas para el pago de guarderías y centros de educación infantil

La concejala de Bienestar Social y Familia, Carmen Bedoya, ha recordado que podrán solicitar las mismas todas aquellas familias, empadronadas en el municipio, con niños menores de 3 años a su cargo, siempre que no superen los umbrales de renta publicados en el reglamento regulador (BOC de 24 de noviembre de 2020)

El Ayuntamiento de Piélagos ha abierto, desde el pasado 1 de julio y hasta el próximo día 20, el plazo de solicitud de ayudas para el pago de guarderías y centros de educación infantil, correspondiente al primer semestre del año.

La concejala de Bienestar Social y Familia, Carmen Bedoya, ha recordado que podrán solicitar las mismas todas aquellas familias, empadronadas en el municipio, con niños menores de 3 años a su cargo, siempre que no superen los umbrales de renta publicados en el reglamento regulador (BOC de 24 de noviembre de 2020).

Bedoya ha explicado que las  ayudas del Consistorio tienen como finalidad contribuir a la conciliación de la vida laboral y familiar y, por ello, subvencionan la estancia de niños y niñas en centros homologados, con la única excepción de las aulas de 2 años de los colegios públicos.

En este sentido, ha puntualizado que consisten en una cuantía fija, que va desde los 40 hasta los 75 euros al mes, en función de las horas que los niños y niñas pasen en las citadas guarderías y centros de educación infantil.

Documentación a aportar

La responsable de Bienestar Social y Familia ha apuntado que las solicitudes, que pueden descargarse de la sección de ‘Gestiones y trámites/subvenciones’ de la web municipal www.pielagos.es, deberán presentarse en las oficinas municipales del Ayuntamiento de Piélagos, en Renedo y/o Liencres, hasta el 20 de julio.

En todos los casos, ha dicho, tendrán que ir acompañadas de las correspondientes fotocopias del DNI, del libro de familia y de la declaración de la renta, así como del título de familia numerosa, acreditación de discapacidad, sentencia de separación o divorcio o resolución judicial o administrativa de tutela, si fuera el caso.